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Certificado de Ahorro Energético: qué es y cómo se cobra

Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) convierte una obra de eficiencia energética ya ejecutada en un ingreso. Aquí tienes, sin rodeos, qué es, quién lo paga, qué actuaciones entran, qué documentación hace falta y cuánto se tarda en cobrar.

Resumen en treinta segundos

Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que acredita ante la administración un ahorro de energía final conseguido con una actuación de eficiencia energética. La unidad del sistema es 1 CAE = 1 kWh de ahorro anual. El certificado se emite después de que un verificador acreditado valide el ahorro y se vende en un mercado privado a los Sujetos Obligados, que son las comercializadoras de electricidad y gas y los operadores petrolíferos. No es una subvención: no hay convocatoria, no hay competencia por presupuesto y no hace falta que la obra esté pendiente de ejecutar.

Preguntas frecuentes sobre los CAE

Las dudas que más nos llegan, respondidas sin rodeos.

¿Qué es exactamente un Certificado de Ahorro Energético?

Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico, regulado por el Real Decreto 36/2023, que acredita ante la administración que se ha conseguido un ahorro de energía final mediante una actuación de eficiencia energética. La equivalencia del sistema es 1 CAE = 1 kWh de ahorro anual. No es una subvención: es un título que se vende en un mercado privado.

¿Un CAE es lo mismo que una subvención?

No. Una subvención es una ayuda directa que concede una administración pública con cargo a presupuesto. Un CAE es un título privado que se emite tras verificar un ahorro y que se vende a los Sujetos Obligados. Son mecanismos distintos y, en la mayoría de los casos, compatibles entre sí.

¿Quién paga realmente el CAE?

Los Sujetos Obligados: las comercializadoras de electricidad y gas natural y los operadores petrolíferos. La ley les impone un objetivo anual de ahorro energético y pueden cumplirlo ejecutando actuaciones o comprando CAE en el mercado.

¿Puedo tramitar el CAE si la obra ya está terminada?

Sí. El sistema permite monetizar actuaciones ejecutadas entre el 26 de enero de 2023 y el 30 de diciembre de 2030, aunque en el momento de iniciar la tramitación la obra esté ya finalizada. Es una de las diferencias más importantes frente a una subvención.

¿Cuánto se cobra por un CAE?

No existe una tarifa oficial. El importe depende del ahorro certificado en kWh, de la ficha técnica aplicada y del precio al que se cierre la operación con el Sujeto Obligado, que fluctúa según la oferta y la demanda. Por eso damos siempre una estimación previa y por escrito antes de empezar.

¿Cuánto tarda el cobro?

Depende del tipo de actuación, de la ficha aplicable y de la carga de trabajo del verificador y del órgano competente. En la práctica, el proceso completo hasta el cobro suele situarse entre dos y seis meses desde que se inicia la tramitación.

¿Puedo combinar el CAE con una subvención pública?

En la mayoría de los casos sí, siempre que no se financie dos veces el mismo kilovatio hora. Es decir, la parte del ahorro ya cubierta por una ayuda pública no puede volver a monetizarse como CAE, pero la parte no subvencionada sí.

¿Necesito cambiar nada en mi instalación para cobrar un CAE?

No necesariamente. Si la actuación ya se ejecutó y está recogida en el catálogo de fichas estandarizadas del MITECO, se puede tramitar sin obra adicional. Si no está ejecutada, analizamos primero qué medida del catálogo encaja y cuál tiene mejor retorno.

¿Tienes una actuación sin monetizar?

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